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Programas de intercambio
 

Visas J:

Esta categoría de Visa ha sido designada para aplicantes que planean participar en programas aprobados por el Departamento de Estado para enseñar, estudiar, investigar, demostrar habilidades especiales,  recibir entrenamiento, o para participar en un programa para recibir educación médica para graduados.

Esta categoria tambien incluye programas aprobados por el Departamento de Estado para emplear personas en firmas, instituciones u otras agencias; para pasantias que ofrezcan entrenamiento especializado en un área por períodos que no excedan los 18 meses. También podrá admitirse la participación en programas para aprendizaje de la lengua y seminarios, talleres o cursos cortos directamente relacionados a las pasantías  También habilita a visitantes a viajar por observaciones ligadas a las pasantías, entrenamiento en Estados Unidos en técnicas y metodologías de una determinada área, contactar colegas Americanos  y promover intercambios culturales entre trabajadores, profesionales, investigadores y estudiantes siempre y cuando estos viajes respondan al interés general del intercambio internacional. Esto podría incluir consejeros de campamento,  algunos trabajos de temporada  como en algún centro de deportes invernales o en campamentos de verano, o como Au pairs.

Antes de aplicar para la visa, el interesado debe haber sido aceptado en un programa autorizado. Evidencia de ello es obtener el formulario DS-2019 enviado directamente al aplicante por el Auspiciante  del programa,  Además el estudiante debe estar registrado en el Sistema de Información para Estudiantes y Beneficiarios de Programas de Intercambio (SEVIS). Su escuela o programa debe registrarlo en SEVIS. Su escuela o programa debe registrarlo en SEVIS y el estudiante debe abonar esta inscripción.

El pago se puede realizar de las siguientes maneras:

  • A través de Internet en http://www.fmjfee.com/  usando una tarjeta de crédito y completando el formulario I-901;
  • A través del correo enviando el formulario I-901 debidamente completo y un cheque o una orden de dinero a un banco de los Estados Unidos y pagadera en dólares americanos y enviada a la dirección del DHS publicada en el formulario I-901;
  • A través de terceros tales como una escuela o un patrocinador;
  •  A través de patrocinadores seleccionados de un programa del intercambio que envíen pagos de grupos;


Reglas de Residencia

Muchos programas bajo la categoría J son subvencionados en parte o completamente por agencias del gobierno. Si este es el caso, o si los solicitantes fueran a recibir educación médica superior o entrenamiento independientemente de donde provengan las finanzas, una condición para aceptar una visa J prohibe a sus beneficiarios solicitar la inmigración a los Estados Unidos o solicitar ciertas visas de trabajo (visas H o L) hasta que los solicitantes hayan residido y hayan estado físicamente presentes en su país de nacionalidad o ultima residencia durante por lo menos dos años. Esta condición puede también aplicarse si el área de estudio o investigación está incluída en una lista de especialidades aprobada por el Departamento de Estado de los Estados Unidos y el gobierno del solicitante. Antes de aceptar una visa J es necesario preguntar si esta condición se aplica. Para personas que quisieran participar en programas de medicina, podrian existir requerimientos adicionales. Solicitar información acerca de dichos requerimientos escribiendo al:

Educational Commission for Foreign Medical Graduates (ECFMG)
3624 Market Street, Level 4,
Philadelphia, PA 19104-2685
Teléfono: (215) 386-5900

Para mayor información sobre visas J, haga click aquí.