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Visas de Inmigrante

Visas por parentesco

La Ley de Inmigración y Nacionalidad permite la inmigración de extranjeros a los Estados Unidos basándose en ciertos lazos de parentesco con un ciudadano estadounidense o residente legal.

Si el ciudadano estadounidense no planea vivir en los Estados Unidos, no puede solicitar una visa de inmigrante para su familia ya que las visas de inmigrante por parentesco tiene por finalidad unificar a la familia en los Estados Unidos.

Presentación de la petición de Visa de Inmigración

En DHS en Estados Unidos: Si usted es ciudadano estadounidense o residente permanente, deberá presentar la petición en el Department of Homeland Security; (Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (BCIS) más cercana a su domicilio  en los Estados Unidos.

Cuando la petición es aprobada, el DHS le enviará al peticionario un aviso de aprobación (formulario I-797). El DHS enviará la petición aprobada al N.V.C. que contactará al futuro inmigrante enviándole información adicional( "Paquete de Instrucciones para solicitantes de Visado de Inmigrante").El beneficiario, debe seguir las instrucciones relativas al pago del arancel e instrucciones sobre los documentos a enviar al NVC a fin de que ellos envíen su solicitud a Buenos Aires.

Cuando su caso es recibido en la Embajada en Buenos Aires, la Sección de visas de Inmigrante le enviará las instrucciones correspondientes (paquete 3). Una vez que el beneficiario devuelve a la Sección de visas de Inmigrante el Check-list del paquete 3, la misma se contactará a fin de otorgarle una cita con el oficial consular de inmigración.

Tenga en cuenta que las citas se marcan con un margen de anticipación de 30 a 50 días.

El beneficiario recibirá en su domicilio la carta de citación con las instrucciones a seguir con una anticipación de al menos un mes.

Si en el día de la entrevista toda la documentación requerida está en orden y el oficial con quien se entrevista considera que el beneficiario reúne los requisitos para la visa de inmigrante.En ese momento el Cónsul le pedirá al solicitante que abone el envío por DHL, dado que el pasaporte visado y el paquete de documentación se envían por correo al domicilio del soliictante.

NOTA: si por algún motivo su visa no fuera aprobada, el funcionario consular le indicará los pasos a seguir. NO HAGA PLANES DE VIAJE HASTA NO CONOCER EL RESULTADO DE SU ENTREVISTA.

Las visas de inmigrante se dividen en primera instancia en dos grupos : No limitada y limitada numéricamente.

VISAS LIMITADAS NUMERICAMENTE: En algunas de la categorías de visas por lazos de parentesco, la Ley de Inmigración de los Estados Unidos limita numéricamente la emisión cada año. Estas categorías son:

  1. de hijos solteros mayores de 21 años, hijos casados y
  2. hermanos, en los casos en que el peticionario el ciudadano estadounidense y las categorías de esposas e hijos cuando el peticionario es un residente legal permanente.

Esto significa que aunque el DHS haya aprobado una petición de inmigrante a su favor, puede que no reciba su visa de residente inmediatamente. En algunos casos, pueden pasar varios años desde que la petición ha sido aprobada hasta que su visa de residente pueda ser procesada. Los visados de residente son procesados en orden cronológico segun la fecha en la que fue presentada la petición (conocida como fecha de prioridad) y hasta que la limitación numérica de dicha categoría esté completa. Al acercarse su fecha de prioridad, el N.V.C. contactará al beneficiario entregándole el paquete de instrucciones para solicitantes de visas de inmigrante, junto con el número de caso (generalmente comenzará con BNS).

Las visas de inmigrante no pueden ser aprobadas hasta alcanzar la prioridad del solicitante. Vea el Boletín de Visados para saber las últimas fechas de prioridad.

.El beneficiario, debe seguir las instrucciones relativas al pago del arancel e instrucciones sobre los documentos a enviar al NVC a fin de que ellos envíen su solicitud a Buenos Aires.

Cuando su caso es recibido en la Embajada en Buenos Aires, la Sección de visas de Inmigrante le enviará las instrucciones correspondientes (paquete 3). Una vez que el beneficiario devuelve a la Sección de visas de Inmigrante el Check-list del paquete 3, la misma se contactará a fin de otorgarle una cita con el oficial consular de inmigración.

Tenga en cuenta que las citas se marcan con un margen de anticipación de 30 a 50 días.

El beneficiario recibirá en su domicilio la carta de citación con las instrucciones a seguir con una anticipación de al menos un mes.

Si en el día de la entrevista toda la documentación requerida está en orden y el oficial con quien se entrevista considera que el beneficiario reúne los requisitos para la visa inmigrante. En ese momento el Cónsul le pedirá al soliciante que abone el envío por DHL ya que su pasaporte visado y el paquete de documentación le serán enviados por correo a su domicilio.

NOTA: si por algún motivo su visa no fuera aprobada, el funcionario consular le indicará los pasos a seguir. NO HAGA PLANES DE VIAJE HASTA NO CONOCER EL RESULTADO DE SU ENTREVISTA.

ULTIMO PASO: Después de que la Visa ha sido Aprobada y Entregada.

Una vez que haya recibido su visa de inmigrante, Usted debe ingresar a los Estados Unidos dentro de los seis meses desde la fecha de emisión de su visa. A su llegada a los Estados Unidos, los funcionarios del DHS controlaran su visa, retendrán su sobre con documentos y le sellarán su pasaporte asignándole un número de identificación de extranjero "Alien Number". Le pondrán un sello en el pasaporte con dicho número y una anotación como prueba de que está registrado para la obtención de la tarjeta de residente. El DHS tarda habitualmente varios meses para procesar y enviarle su tarjeta de residente.


 Mientras tanto, el sello del pasaporte le permite residir. Puede salir y volver a los Estados Unidos antes de recibir la tarjeta de residente, mientras que el sello del DHS que está en su pasaporte no haya caducado. (Excepción: los casos de visa fiancée no podrán hacerlo) Si desea salir de los Estados Unidos y su sello ha caducado sin que haya recibido su tarjeta de residente, deberá ponerse en contacto con el DHS en los Estados Unidos antes de salir para asegurarse que puede entrar de nuevo en los Estados Unidos..
 
Re-entry permit: Si en el futuro, usted piensa vivir fuera de los Estados Unidos por mas de 12 meses, deberá solicitar un permiso de re-entrada (Re-entry permit) en los Estados Unidos antes de su salida. La validez máxima de este documento es de dos años y si su traslado es permanente, deberá abandonar formalmente su condición de residente.


 Sin un permiso de re-entrada, cualquier ausencia de los Estados Unidos por mas de un año, o una residencia establecida fuera de los Estados Unidos, constituye suficiente base  para la pérdida de la condición de residente.


AVISO PARA LOS RECIÉN CASADOS: Si Usted solicita una visa de inmigrante por cónyuge de ciudadano estadounidense teniendo menos de dos años de matrimonio, al solicitar admisión a los Estados Unidos el BCIS le concederá una residencia permanente condicional. Esto implica que Usted y su cónyuge, deberán presentar conjuntamente una petición ( formulario I-751 ) en el BCIS para que le remuevan la limitación de status condicional, 90 días antes de que se cumplan los dos años de la fecha en que se concedió la residencia permanente condicional.  Si esta petición no la hace dentro de este plazo, su condición de residente permanente condicional terminará automáticamente y podrá ser deportado de los Estados Unidos. 
   
Para consultas envíe un e-mail a:

BuenosAires-IV@state.gov
 

 

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