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Preguntas Frecuentes

¿Qué es una visa?
Quienes no son ciudadanos americanos generalmente necesitan visa para ingresar a los EE.UU. Una visa es un documento que se pega en su pasaporte. La visa no garantiza el ingreso a los EE.UU. Simplemente indica que la solicitud ha sido revisada por un funcionario consular en un consulado y el mismo lo ha encontrado elegible para viajar a los EE.UU.  Es en el puerto de entrada a los EE.UU. donde un oficial de inmigración de la Dirección de Aduanas y Protección Fronteriza determina si la persona puede ingresar al país y cuál será el período permitido de estadía para cada visita en forma particular. Únicamente los oficiales de inmigración pueden tomar esa decisión.

Niños: Los niños también necesitan visa y, como cualquier otro solicitante, deben contar con una cita programada para solicitarla. Los niños menores de 14 años no necesitan estar físicamente presentes en la Embajada al momento de la solicitud, por ello sugerimos a los padres no traer a sus hijos a la entrevista cuando ellos sean menores de 14 años, ya que el lugar en la sala de espera es limitado. Existe también un proceso alternativo de solicitud de visa para menores por correo (Drop Box), para el cual deben cubrir ciertos requisitos disponibles en nuestra página de Internet.

¿Qué significa la fecha de expiración de la visa?
La fecha de expiración se encuentra impresa en la visa. Dicha visa puede ser utilizada, cuando la visa sea para múltiples entradas, desde el momento en que es adjudicada hasta su fecha de expiración, cada vez que necesite viajar por el propósito adecuado a la clasificación de la visa.

Dependiendo de la nacionalidad y situación del solicitante, las visas pueden ser aprobadas para una cantidad determinada o indeterminada de ingresos, siempre que el propósito sea el mismo.

La fecha de expiración de la visa no debe confundirse con el período de estadía autorizado. El mismo es determinado por los oficiales de migraciones, quienes dejan la fecha límite anotada en el registro de ingreso-salida, el formulario I-94 o I-94W en el caso de quienes viajan con el programa de exención de visas.

¿Por cuánto tiempo puedo permanecer en los EE.UU.?
Al llegar a puerto de entrada de los EE.UU., el oficial de inmigración de la Dirección de Aduanas y Protección Fronteriza adjunta una tarjeta blanca (I-94 o I-94W) en su pasaporte. En la misma se indica el período de estadía permitido. Puede tratarse de una fecha específica o de D/S -Duration of status- que significa que la persona puede quedarse mientras sea permitido según su status en los EE.UU. Si su I-94 indica una fecha específica, esa es la fecha para la cual debe haber partido de los Estados Unidos. El I-94 es un documento muy importante que debe mantenerse adjunto al pasaporte, ya que indica su permiso para permanecer en los Estados Unidos.

No entregué mi formulario I-94, tarjeta de ingreso-salida. ¿Qué debo hacer?
Por favor para mayor información con respecto a la devolución del I-94 visite el siguiente enlace http://cbp.gov/xp/cgov/travel/id_visa/i-94_instructions/

¿Por cuánto tiempo será válida mi visa?
La validez de una visa es determinada por un cónsul al momento de su solicitud. Las visas de turismo y negocios para ciudadanos argentinos pueden tener hasta diez años de validez. La validez de una visa no determina el tiempo que podrá permanecer en los EE.UU. Cada vez que usted ingrese a los Estados Unidos, el oficial de inmigración de la Dirección de Aduanas y Protección Fronteriza en el Puerto de Entrada, determinará el tiempo de estadía permitido en esa ocasión. Si el tiempo de estadía permitido no es suficiente para cumplir con su propósito de viaje, usted puede contactar la oficina de U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) más cercana. Solicite esta extensión con suficiente antelación. La aprobación o rechazo de esta solicitud de extensión queda a discreción de la oficina de USCIS.

Ya tuve una visa antes. ¿Califico para una renovación?
Si su visa expira y desea solicitar una nueva visa debe estar preparado para mostrar lazos sociales y económicos con su país de residencia. El hecho de haber tenido anteriormente una visa no garantiza que la nueva solicitud vaya a ser aprobada; no existe un trámite de “renovación”, sino que debe realizar el trámite completo nuevamente. Ya que cada solicitud de visa es diferente, cada vez que solicite una visa deberá demostrar ante al oficial consular que califica para la misma y que usted abandonará los Estados Unidos al final de su estadía temporaria permitida.

Tengo una visa de turismo únicamente (B2) ¿Qué tipo de actividades puedo realizar con ella?
La visa B2 puede ser utilizada para viajar en forma temporaria por placer. Esto incluye visitar amigos, familia, visitas de descanso o para tratamientos médicos, participar en convenciones, conferencias o convocatorias de organizaciones fraternales o sociales, participación de amateurs –que no reciban remuneración alguna- en concursos musicales, deportivos, etc.  Para viajes de negocios necesitará una visa B1. Generalmente se adjudican visas B1/B2, que son válidas para realizar todas las actividades arriba mencionadas (negocios Y turismo).

Tengo visa. ¿Necesito un pasaje de ida y vuelta?
No importa la clasificación de su visa, no es un requisito tener pasaje de regreso para viajar a los EE.UU. De todos modos, el oficial de inmigración de la Dirección de Aduanas y Protección Fronteriza podría preguntar sobre las intenciones del viajero de regresar a su país. Todos los viajeros deberían llevar con ellos evidencia de que cuentan con los fondos necesarios para la visita que desean hacer. Por otro lado, a excepción de quienes tengan visa H o L, también es conveniente contar con evidencia de los lazos que tiene con su país de residencia. Algunos ejemplos de esta evidencia son: Copia de su último resumen bancario, recibo de sueldo y prueba de alumno regular de alguna institución.

¿Puedo viajar sin una visa?
Algunos países gozan del privilegio de poder viajar a los Estados Unidos por turismo o en tránsito sin una visa. No obstante, existen algunas restricciones. El Consulado no podrá determinar si un viajero en particular es elegible para entrar a los Estados Unidos según el Programa de Exención de Visado.  Le rogamos visitar el siguiente enlace para encontrar información al respecto.

¿Qué sucede si ingreso a EE.UU. bajo el programa de exención de visas y decido permanecer más de 90 días?
Usted no puede extender el tiempo de su estadía si ha ingresado sin visa. El período de 90 días incluye el tiempo que pase también en Canadá, México y las islas adyacentes. Por ese motivo, no puede cruzar la frontera e ingresar nuevamente para permanecer más tiempo. Puede, de todos modos, preguntar por el re-ingreso bajo programa de exención de visas si ha salido del continente.

¿Puedo solicitar visa en Argentina si no tengo pasaporte o residencia aquí?
Una persona puede solicitar visa en cualquier consulado de los EEUU aunque no tenga pasaporte de esa nacionalidad o residencia allí. De todos modos, es siempre más sencillo hacerlo en el país donde se encuentra residiendo, debido a que se espera que los solicitantes puedan mostrar lazos sociales y económicos con dicho país.

¿Tengo una visa “indefinida”, se encuentra válida aún?
Las visas indefinidas ya no son válidas para ingresar a los EE.UU. Quienes cuenten con una visa indefinida necesitan solicitar una nueva visa si desean ingresar a los EE.UU.


¿Puedo solicitar una visa aunque mi pasaporte tenga menos de seis meses de validez?
Sí, aunque las regulaciones indican que debe contar con esa validez al momento de salir de los EE.UU. existe un convenio entre EE.UU. y varios países (incluyendo Argentina) mediante el cual se extiende automáticamente su vigencia por seis meses más. Sí es necesario que el pasaporte se encuentre vigente durante toda la estadía. Si viaja a los EE.UU. y su pasaporte expira en menos de 90 días, la fecha máxima permitida para permanecer en los EE.UU. será la fecha de vencimiento de éste.

¿Es posible transferir la visa de un pasaporte a otro? Si mi visa válida se encuentra en un pasaporte vencido, ¿puedo utilizarla?
No es posible transferir la visa. Puede viajar con su visa vigente si se encuentra en un pasaporte anterior, llevando también un pasaporte válido de la misma nacionalidad. Si desea tener una visa en su pasaporte vigente, necesitará solicitar una nueva visa desde el comienzo del trámite y su visa válida deberá ser cancelada. Por favor, tenga en cuenta que ya no se emiten visas indefinidas.

Nota: Si al renovar su pasaporte, las autoridades emisoras del nuevo pasaporte cortan las esquinas de su pasaporte anterior y por ende la visa resulta dañada, esa visa carece de vigencia y deberá solicitar una nueva en su nuevo pasaporte para poder viajar a los Estados Unidos.

Mi pasaporte con visa de los EE.UU. fue robado o perdido. ¿Cómo reporto lo sucedido?
Recomendamos denunciar la pérdida o robo de su pasaporte visado al Consulado. Esto puede ayudar con posibles problemas al ingresar a los EE.UU. en el futuro.

Al enterarse del incidente, le solicitamos nos envíe un correo electrónico a bue-casosespeciales@state.gov explicando la situación y adjuntando una copia de la denuncia policial escaneada.

Recibí mi pasaporte luego de la entrevista consular y encontré un error en la visa. ¿Qué debo hacer?
Por favor, verifique siempre la información al recibir el pasaporte para evitar complicaciones posteriores. Sus datos personales deben coincidir exactamente con la información que figura en la página de datos biográficos de su pasaporte. Si encontrara un error, por favor, preséntese con su pasaporte en la embajada de lunes a viernes, de 8 a 12hs., excepto feriados argentinos o estadounidenses.

Si el error se encontraba inicialmente en el pasaporte presentado, será necesario que lo haga corregir u obtenga uno nuevo y luego solicite una nueva visa comenzando el trámite nuevamente.

Fui arrestado, ¿puedo solicitar una visa?
Cualquier persona arrestada o sentenciada por un crimen (independientemente del tiempo que haya transcurrido) puede solicitar una visa. Será necesario que presente detalles sobre la fecha de la presentación ante la corte, el tipo de ofensa, y el resultado. También debe especificar cuál será el puerto de entrada y salida de los  Estados Unidos y las fechas previstas de viaje. Procedimientos adicionales como toma de huellas digitales (además de la toma de huellas biométricas) podrán estar incluidos en su trámite de visa. Los solicitantes deben asegurarse de indicar la información sobre su arresto en el formulario de solicitud de visa. Recuerde que si ha sido arrestado o sentenciado por un crimen pierde el beneficio del programa de exención de visas.]

¿Puedo presentar una copia de mi I-797 para mi visa de trabajo?
Si, puede presentar la copia de su “Notice of Action” formulario I-797 A, B o C al solicitar una visa de trabajo. Por favor, tenga en cuenta que al momento de programar la cita deberá proveer el número de la petición aprobada.

La compañía en la cual trabajo me envía a los EE.UU. a un entrenamiento. ¿Qué tipo de visa necesito?
La visa B1/B2 permite asistir a cursos cortos, que impliquen menos de seis meses de estadía en los EE.UU. El día de su entrevista debe contar con una carta membretada de la empresa indicando propósito del viaje, tiempo estimado de estadía y confirmación de que continuará recibiendo su sueldo de la empresa en Argentina. Se recomienda también presentar cartas de la institución o compañía en los Estados Unidos que estará brindando el entrenamiento con el nombre y datos de la persona de contacto.

VISAS F/M – VISAS DE ESTUDIANTE

¿Cuánto tiempo antes del comienzo del programa puedo ingresar a los EE.UU.? ¿Por cuánto tiempo puedo permanecer en los EE.UU.?
De acuerdo con el Departamento de Seguridad Nacional, un estudiante con visa F o M puede ingresar a los EE.UU. hasta treinta días antes de la fecha del comienzo del programa, indicada en su formulario I-20. Este límite de treinta días no afecta a estudiantes que estén regresando a los Estados Unidos para continuar sus estudios con un I-20 válido. Ellos pueden viajar a los Estados Unidos en cualquier momento.

Quienes cuenten con una visa F pueden permanecer en los EE.UU. por no más de sesenta días una vez que el programa finaliza. Aquellos que cuenten con una visa M pueden permanecer hasta la fecha de expiración del programa más treinta días, siempre que el período de estadía total sea menor a un año.

Cambié de institución educativa, ¿necesito una nueva visa?
Si ha cambiado de institución antes de ingresar a los EE.UU. necesitará solicitar una visa nueva. Si ha cambiado dentro de los EE.UU. no necesita la visa nueva en tanto no salga del país y posea el nuevo formulario I-20 que lo avale. Antes de ingresar, si ha cambiado de institución educativa, le recomendamos comunicarse con su “student advisor” para verificar que cuente con el SEVIS vigente.

Me encuentro estudiando en los EE.UU. y mi visa expiró. ¿Necesito salir del país?
Mientras sea un estudiante de tiempo completo y posea un formulario I-20 válido, puede permanecer en el país. Si viaja al exterior, necesitará estampar su nuevo visado para poder volver a ingresar a los Estados Unidos.

¿Puedo trabajar mientras me encuentro en los EE.UU.?
Bajo determinadas circunstancias, quienes tienen una visa F1 pueden obtener permiso para trabajar. Contáctese con USCIS para obtener información al respecto. La institución a la cual asiste puede también aconsejarlo al respecto y en algunos casos, las personas con visa M1 pueden obtener empleo como parte de su entrenamiento (practical training).

¿Pueden trabajar en EEUU los dependientes de quienes viajan con visa de estudiante?
Los familiares de los estudiantes no pueden trabajar con sus visas derivadas (F2 y M2). Sí pueden, de todos modos, estudiar en instituciones académicas.

¿Puedo estudiar en una escuela pública en los Estados Unidos? 
 De acuerdo con lo que establece el artículo 214(I) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), un estudiante no puede concurrir a una escuela pública de enseñanza primaria (del nivel K al 8,  de los 5 a los 14 años de edad aproximadamente) o participar en un programa de educación para adultos subvencionado con fondos públicos tal como clases de idioma extranjero,  con una visa F-1. Es posible que concurra a una escuela pública de enseñanza secundaria (del nivel 9 al 12, de los 14 a los 18 años de edad aproximadamente)  por un máximo de 12 meses con una visa F-1, pero debe probar que pagó el costo completo de todos los gastos educativos que no estén subvencionados, antes de procesar la visa.   

Los estudiantes que concurran a escuelas primarias o secundarias privadas no resultan afectados por esta norma.

VISA J – VISA DE INTERCAMBIO

¿Debo esperar a recibir mi DS-2019 antes de programar mi entrevista para solicitud de visa?
Sí. Es necesario que haya recibido su DS-2019 para programar la entrevista de solicitud de visa.

¿Cuanto tiempo antes del inicio del programa un solicitante puede ingresar a los Estados Unidos?
De acuerdo con el Departamento de Seguridad Nacional, solicitantes portadores de una visa de intercambio pueden ingresar no antes de los 30 días de la fecha de inicio del programa que indica en el formulario DS-2019. Esta regla no se aplica a solicitantes que retornan para continuar un programa ya iniciado anteriormente, por lo que pueden ingresar en cualquier momento.

¿Cuánto tiempo alguien puede permanecer en los Estados Unidos con una visa J luego de concluir el programa?
Un portador de una visa J1 puede permanecer hasta 30 días luego de la fecha de finalización del programa indicada en el formulario DS-2019.

Si mi visa expira durante mi estadía en los Estados Unidos, ¿debo salir del país?
Usted puede permanecer en los Estados Unidos mientras haya recibido su extensión y mantenga su status de estudiante de intercambio de tiempo completo. Sin embargo, durante su próximo viaje fuera de los Estados Unidos, usted precisará obtener una nueva visa de intercambio válida para poder volver a ingresar y continuar su programa.

¿Puede una persona trabajar bajo una visa de intercambio?
Solicitantes bajo una visa de intercambio no están autorizados a trabajar fuera del programa que están realizando.

Los familiares dependientes de una visa J, ¿pueden trabajar?
Los familiares dependientes no pueden trabajar bajo el status de J2, a menos que se haya obtenido un permiso con antelación de parte del Servicio de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Sí es posible estudiar en instituciones académicas.

¿Qué sucede si quisiera permanecer como turista por más tiempo que los 30 días permitidos luego de la expiración de mi visa J?
Usted debería solicitar una visa de turista al mismo tiempo que solicita su visa J. Si solicita ambas visas, solo necesitará presentar un formulario DS-156 y una fotografía. Debe abonar dos aranceles. Debe incluir toda la documentación adicional requerida para una visa J. Si desea permanecer en los Estados Unidos por más tiempo que los 30 días permitidos luego de la finalización del programa, deberá contactarse con la oficina local de Inmigración (USCIS) y solicitar un cambio de status de su visa J a su visa de turista. Debería hacerlo alrededor de dos meses antes de la fecha oficial de finalización del programa. Otra alternativa es salir de los Estados Unidos dentro de los 30 días posteriores a la finalización del programa y volver a ingresar bajo la visa de turista.

Mi formulario DS-2019/I-20/I-20M aún no ha llegado de los Estados Unidos. ¿Puedo solicitar mi visa con una fotocopia del formulario de autorización para trabajar/estudiar?
No, debe contar con los documentos originales al momento de solicitar su visa y debe presentar todas las páginas de dichos formularios.

H, L, O, P - VISAS DE TRABAJO

¿Puedo obtener una visa para realizar trabajo informal?
No, no hay ningún tipo de visa que cubra la realización de trabajo informal. Debe contar con un empleador patrocinador tal como se describe en la página de información de visas de trabajo.

Recibí una notificación de que se me ha aprobado una petición de visa H/L.
Una solicitud de visa basada en petición no puede procesarse sin evidencia de una petición aprobada por el USCIS. Cuando solicita su visa, se requiere que provea el número de petición. Dicha información también es necesaria para programar la entrevista de solicitud de visa en el consulado en Buenos Aires.  Si no cuenta con esta información, debe contactarse con su futuro empleador (el peticionario) ya que el USCIS le enviará a él la información con los datos del formulario que aprueba la petición.

¿Cuánto tiempo puedo permanecer en los Estados Unidos luego de la finalización de mi visa de trabajo?
Bajo el status de visa H, L, O, P, Q y R puede ingresar a los Estados Unidos 10 días antes de la fecha oficial de inicio, y quedarse hasta 10 días luego de la fecha oficial de finalización del empleo.

¿Me puede patrocinar un familiar en los Estados Unidos?
Solo un empleador puede patrocinarlo para trabajar.

¿Puedo ingresar a los Estados Unidos bajo una visa B1 o sin visa bajo el Programa de Exención de Visado para establecer una oficina?
El portador de una visa B1, o una persona que ha ingresado a los Estados Unidos con el status de visa B1 bajo el Programa de Exención de Visado, pueden hacer un sondeo de las posibles locaciones de una empresa o alquilar el local. El portador de una visa B1 no puede permanecer en los Estados Unidos para administrar una empresa. Para ello se necesita una visa acorde, tal como la visa H, L, o E.

¿Cómo solicito una visa de atleta?
La visa P abarca la categoría de atletas. Diríjase a la página llamada Artistas, Atletas y Obreros. La visa B2 o el Programa Piloto de Exención de Visado le permite participar en concursos como amateur o por un premio de dinero solamente. En cambio, si usted es patrocinado por una empresa en los Estados Unidos, usted debe poseer una visa P.

Poseo una visa Q. ¿Cuánto tiempo puedo permanecer en los Estados Unidos?
Puede permanecer en los Estados Unidos por el período de validez de la petición. La estadía total en los Estados Unidos no debe exceder los 15 meses.

Si me otorgan una visa de trabajo, mi esposa/o – concubina/o – otros miembros de la familia, ¿pueden viajar conmigo?
Esposos e hijos menores de 21 años de un beneficiario de visa H/L/O/P pueden solicitar una visa bajo el status de dependiente. La ley estadounidense no reconoce concubinatos (ni relaciones entre personas del mismo sexo). El concubino/a no puede solicitar una visa como dependiente. Él/ ella deberá solicitar una visa de turista o de trabajo en el caso de que desee trabajar.

Usted y su esposo/a deberían solicitar sus visas al mismo tiempo. Se requiere que su esposo/a muestre pruebas de que él/ella cuenta con los fondos suficientes para cubrir todos los gastos mientras se encuentre en los Estados Unidos. Él/ella también deberá mostrar pruebas de que su lugar de residencia es fuera de los Estados Unidos y que tiene intenciones de regresar a su país de residencia luego de su estadía en los Estados Unidos. Además, deberá mostrar pruebas de la relación, tales como copia del contrato de alquiler, cuentas bancarias conjuntas, etc. Si no solicitaran las visas al mismo tiempo, su esposo/a deberá mostrar una copia de la visa adherida al pasaporte del solicitante principal.

Si me otorgan una visa Q, mi esposa/o – concubina/o – otros miembros de la familia, ¿pueden viajar conmigo?
No existe un status de dependiente para el esposo/a e hijos del portador de una visa Q. Si ellos, su concubino/a u otros miembros de la familia desean acompañarlo a los Estados Unidos, ellos deberán calificar para una visa por sus propios medios. Los niños en edad escolar deberán solicitar visas F1 de estudiante.

¿Puedo solicitar una visa de trabajo mientras me encuentro en los Estados Unidos?
Si está viajando a los Estados Unidos con la intención de tomar un empleo, debe poseer la visa de trabajo correspondiente. No puede viajar a los Estados Unidos bajo una visa de turista y solicitar un cambio de status.

Mi esposo/a está solicitando una visa H4. ¿Puede trabajar?
El portador de una visa H4 no es elegible para trabajar con una visa de dependiente. Si su esposo/a desea trabajar mientras se encuentre en los Estados Unidos, deberá calificar para una visa de trabajo por sus propios méritos.

Mi esposo/a está solicitando una visa L2. ¿Puede trabajar?
Los esposos de portadores de visa L1 pueden solicitar autorización de empleo bajo el status de visa L2. Para mayor información, contáctese con la oficina de USCIS a su llegada a los Estados Unidos.

¿Puede mi esposo/a solicitar autorización de empleo antes de viajar a los Estados Unidos?
Solo la oficina de USCIS en los Estados Unidos puede otorgar autorizaciones de empleo. La oficina de USCIS que tenga jurisdicción en el área donde usted residirá en los Estados Unidos podrá indicarle los pasos a seguir. Para mayor información, contáctese con la oficina de USCIS a su llegada a los Estados Unidos.

Mi hijo/a está solicitando una visa L2. ¿Puede trabajar?
El cambio reciente en la ley que permite solicitar autorizaciones de empleo a los esposos de portadores de visas L1 no se aplica para los hijos de portadores de visas L1.